jueves 17 de septiembre de 2026 · Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Economía

Prórroga para el pago de deudas tributarias de mayo a julio

La Administración Tributaria permite a los contribuyentes regularizar sus cuotas vencidas sin que esto afecte sus planes de pago vigentes.

Por Mariela Terceros · 15 de agosto de 2026

Impuestos Nacionales ha decidido otorgar una prórroga a los contribuyentes que no pudieron cumplir con sus cuotas correspondientes a mayo, junio y julio de este año. Esta medida se debe a problemas técnicos que experimentó la Oficina Virtual Tributaria durante esos meses.

Aquellos que tienen un plan de facilidades de pago pueden incorporar las cuotas vencidas a sus pagos futuros, permitiendo así que la deuda acumulada no se considere como "observada". Esto significa que el retraso en los pagos no activará penalizaciones por incumplimiento, según lo establecido en la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000029, emitida el 31 de julio.

Además, para los contribuyentes que tenían programada la última cuota de su plan en los meses señalados, se ha establecido que podrán realizar el pago total del saldo pendiente hasta el 31 de agosto. Esta medida busca aliviar la carga de los contribuyentes afectados por las complicaciones técnicas mencionadas.

La Administración Tributaria ha reconocido que las dificultades durante la adecuación, validación y estabilización de la información en la Oficina Virtual Tributaria fueron las causas principales detrás de esta flexibilización. La intención es facilitar el cumplimiento de los planes de pago por parte de los contribuyentes.

En resumen, la prórroga otorgada por Impuestos Nacionales busca asegurar que los contribuyentes puedan regularizar sus deudas sin incurrir en penalizaciones, aliviando así los efectos de las dificultades técnicas experimentadas en la plataforma tributaria.