El TDD acepta la impugnación de Los Ángeles FC contra Ciudad Nueva Santa Cruz
El Tribunal de Disciplina Deportiva de la FBF ha dado luz verde a la impugnación de Los Ángeles FC, lo que permitirá a Ciudad Nueva Santa Cruz presentar su defensa en los próximos días.

El Tribunal de Disciplina Deportiva (TDD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) ha admitido la impugnación presentada por Los Ángeles FC contra Ciudad Nueva Santa Cruz, en relación al partido de la Copa Simón Bolívar 2026 que se llevó a cabo el 13 de junio en el estadio Samuel Vaca Jiménez de Warnes.
La resolución, emitida el pasado 12 de agosto de 2026 desde Asunción, indica que se han subsanado las observaciones formales que el TDD había realizado al club impugnante. El reclamo fue presentado por Tomás Lindomar Paraba Montaño, presidente de Los Ángeles FC, quien había cumplido con los requisitos solicitados por el tribunal tras una primera revisión el 19 de junio.
Inicialmente, el TDD había señalado algunos problemas en la representación legal de Los Ángeles FC, otorgando un plazo de 24 horas para completar la documentación necesaria. En respuesta, Paraba presentó un memorial el 23 de junio, acompañado de toda la documentación correspondiente sobre la estructura directiva y la personería del club.
El Tribunal confirmó que las observaciones quedaron subsanadas y que la representación del presidente es válida. Sin embargo, esta resolución solo hace referencia a la admisibilidad formal de la impugnación, sin pronunciarse sobre la veracidad de las alegaciones contenidas en el reclamo.
Los Ángeles FC argumenta que existen irregularidades en la identidad, registro y participación de Ciudad Nueva Santa Cruz en las competiciones de la Asociación Cruceña de Fútbol, así como en la inscripción de los jugadores que participaron en el partido. También se mencionan posibles vínculos económicos con otra entidad llamada Nueva Santa Cruz y la posibilidad de un conflicto de interés.
La resolución establece que estos puntos serán considerados durante el proceso, el cual será sometido a contradicción y prueba. Hasta el momento, el TDD no ha determinado si las irregularidades denunciadas son ciertas ni si habrá sanciones o modificaciones al resultado del encuentro.
El TDD aclaró que la impugnación se presentó dentro del plazo estipulado por el artículo 147, numeral 2, del Código de Procedimiento Disciplinario de la FBF. Ahora, Ciudad Nueva Santa Cruz tiene un plazo de cinco días hábiles, desde su notificación legal, para presentar sus argumentos y pruebas en respuesta al reclamo.
Finalmente, se ha dispuesto que el club impugnado reciba una copia completa de los documentos del expediente, incluyendo la impugnación y las pruebas presentadas. El TDD ahora evaluará los antecedentes del caso antes de tomar una decisión sobre el fondo de la controversia.