martes 3 de noviembre de 2026 · Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Política

Lara asume la presidencia en ejercicio y cuestiona decreto de gobernanza a distancia

El vicepresidente Edmand Lara toma el mando temporal ante la ausencia de Rodrigo Paz en la ONU, desafiando un decreto que permite gobernar desde el exterior.

Por Paola Melgar · 21 de septiembre de 2026

Este lunes, el vicepresidente Edmand Lara anunció que ejercerá la presidencia en ausencia de Rodrigo Paz, quien se encuentra en Estados Unidos participando en la Asamblea General de Naciones Unidas. Lara justificó su decisión basándose en el artículo 169 de la Constitución Política del Estado (CPE), afirmando que esta normativa prevalece sobre el Decreto Supremo 5515.

Lara declaró ante la prensa que, "en ausencia del presidente, mi persona asume la suplencia legal". Aseguró haber consultado con su equipo jurídico y de recibir la recomendación de invocar el mencionado artículo, que permite que el vicepresidente asuma la presidencia en casos de ausencia temporal por un máximo de 90 días.

Esta decisión de Lara se contrapone al Decreto Supremo 5515, aprobado en diciembre de 2025, que habilita al presidente a ejercer sus funciones desde el extranjero mediante tecnología. Lara destacó que, aunque la tecnología puede facilitar la comunicación, "no puede estar por encima de la Constitución".

El vicepresidente también anunció que viajará a Paraguay este martes, donde participará en la firma de un memorándum de entendimiento y sostendrá reuniones con autoridades paraguayas. Por este motivo, le dejará la dirección del Ejecutivo al presidente del Senado, Gustavo Ávila, siguiendo lo que él interpreta como lo estipulado en la Constitución en casos de ausencia del vicepresidente.

Este asunto genera un nuevo debate legal sobre la aplicación del artículo 169 en contraste con el Decreto Supremo 5515. Aún se recuerda la Sentencia Constitucional Plurinacional 0113/2024, que ya había indicado que durante la ausencia temporal del presidente, el vicepresidente asume la presidencia interina y puede realizar simultáneamente las funciones de ambos cargos.